Una sentencia del Tribunal Supremo ha considerado accidente «in itinere» el robo con violencia sufrido por una trabajadora en el trayecto del trabajo a su casa.

El accidente laboral «in itinere» es el que sufre el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo.

El percance debe suceder en un momento inmediato, o razonablemente próximo, a la hora de inicio o finalización de la jornada laboral. Por otro lado, el trayecto en el que ocurre ha de ser el usual u ordinario desde el domicilio habitual y empleando un medio de transporte “adecuado”.

Si el trabajador sufre el siniestro sin haber interrumpido el trayecto por causas ajenas al trabajo se considera como un accidente laboral, y las compensaciones económicas son mucho mayores que si se trata de un accidente no laboral.