¿Has sido despedido y tu empresa no puede pagarte la indemnización? ¿No has cobrado todos tus salarios?

El FOGASA es un organismo que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago por insolvencia o concurso de acreedores del empresario, sin embargo, el funcionamiento con que hasta ahora venía operando el FO.GA.SA. hacía que en la práctica quedara muy diluida su finalidad, pues lejos de cubrir las necesidades que garantiza, la tardanza en el abono lo convertía en la práctica en un obstáculo más.

En una reciente sentencia del Tribunal Supremo, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha estimado la demanda presentada por un trabajador contra el FOGASA resolviendo que, si el Fondo de Garantía Salarial (FO.GA.SA.) no resuelve una solicitud de prestaciones en el plazo de tres meses, debe considerarse ese silencio administrativo como POSITIVO de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la L.R.J.P.A.C., y por tanto debe entenderse aceptada esa solicitud pudiendo el beneficiario (en este caso, el trabajador) reclamar las prestaciones solicitadas al mencionado organismo mediante demanda de cantidad ante los Juzgados de lo Social.

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