El 23 de diciembre del año 2015, el Tribunal Supremo declaró abusivas, y por ello, nulas, las clausulas impuestas por dos bancos a los particulares en la formalización de las hipotecas firmadas: consideró nulas las cláusulas que imponen al consumidor los gastos de constitución o formalización de la hipoteca.

¿Cuáles son estos gastos?

El alto Tribunal ha entendido que la entidad bancaria debe hacerse cargo de los gastos de Registro de la Propiedad, Notaria, Tasación del Inmueble, los gastos de Gestoría (siempre que la misma hubiere sido impuesta por la entidad bancaria), y el Impuesto de Actos Juridicos Documentados.

Cuando se formaliza una hipoteca, es una práctica habitual que las entidades bancarias impongan al cliente el pago de la totalidad de los gastos derivados del préstamo hipotecario, mediante la inclusión en las escrituras de una cláusula por la que se derivan esos gastos al mismo: si en la firma de tu hipoteca asumiste el coste de los servicios más arriba descritos, puedes solicitar la devolución de los mismos en aplicación de los principios de la Sentencia del Tribunal Supremo 705/2015 de 23 de diciembre.

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