El procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia se ha modificado en los últimos años, siendo que en la actualidad es un procedimiento completamente electrónico en todas sus fases, desde la presentación de la solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia hasta su resolución.

Su instrucción corresponderá a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Corresponde al interesado probar el cumplimiento de los requisitos de residencia, buena conducta e integración en la sociedad española, en los términos establecidos en el Código Civil y en el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre: no siendo obligatorio estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia o ajena, sin embargo, si será necesario demostrar ingresos económicos de algún tipo.

Las notificaciones y comunicaciones previstas en este procedimiento se realizarán preferentemente de forma electrónica: desde Asesoria Legal y Digital podemos ayudarte y asesorarte en este trámite.

Somos especialistas en Derecho de Extranjeria y Comunitario, y podemos gestionar solicitudes de NACIONALIDAD española en todo el TERRITORIO NACIONAL: no dudes en contactar con nosotros!

942 760670
658279186